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DOMICILIO FISCAL VIRTUAL

Es el espacio telemático utilizado por Impuestos Internos y el contribuyente para la recepción y/o envío de notificaciones electrónicas, a través de un buzón habilitado dentro de la OFV, para el cual el contribuyente ha cumplido con todos los mecanismos de autenticación. El domicilio fiscal virtual es equivalente al domicilio fiscal físico, previsto por el Código Tributario, y las notificaciones remitidas a aquel tienen igual validez y efecto jurídico.