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Sucesiones y Pago de Deudas

Las deudas de la Sucesión serán pagadas por los herederos cada uno en proporcion a los bienes que reciba. El legatario a titulo Universal contribuira con los demas herederos a prorrata de lo que reciba.  El legatario a titulo particular solo pagara la deuda del bien que recibe. Los Titulos ejecutivos contra el difunto lo es tambien contra el heredero personalmente,  solo despues de ocho dias de la notificacion a la person o domicilio del heredero. El heredero puede en todos los casos pedir la separacion del patrimonio del difunto del suyo personalmente.